HOMOLOGACION

 

Artículo 48. Requisitos para la realización de estudios de homologación y nivelación. Toda solicitud de homologación o nivelación deberá ser presentada por escrito al Director del Centro correspondiente previa revisión del cumplimiento de los respectivos soportes y pago de los derechos pecuniarios quien la validará ante el Comité Académico Seccional. Para su estudio, el interesado deberá adjuntar los siguientes documentos:

a) Presentar solicitud escrita del estudio de homologación o nivelación, en la cual el aspirante manifiesta que conoce los criterios establecidos por la UNAD y cumple con los requisitos determinados por el presente reglamento.

b) Certificado de calificaciones, en original, que contenga número de créditos por curso académico, calificación obtenida y fecha de realización de los estudios.

c) Protocolo académico del curso académico realizado, debidamente refrendado por la

dependencia autorizada de la institución de origen.

d) Fotocopia autenticada del diploma de tecnólogo, y del acta de grado en caso de que el aspirante desee ingresar al segundo ciclo de un programa de formación por ciclos.

e) Certificados de experiencia profesional (opcionales).

f) Fotocopia del recibo de pago de derechos pecuniarios por concepto del estudio de

homologación o nivelación.

g) Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía.

 

Artículo 49. Criterios para la homologación de curso académico. Los criterios generales para homologar son:

a) Nota aprobatoria según la escala de calificaciones de la institución de origen.

b) Objetivos y contenidos afines a las unidades didácticas establecidas para el curso académico

que se quiere homologar.

Parágrafo. Todo estudio de homologación o nivelación estará sujeto a las condiciones curriculares vigentes en el momento de la matrícula.